23 oct 2016

Agustín Camarero reelegido Capitán


Agustín Camarero Lara ha sido reelegido capitán de la Batería de Artillería en las elecciones que se han celebrado hoy Domingo.
Habiendo desempeñado el cargo desde 2013 hasta 2016 presentaba su candidatura para los siguientes 4 años. La mayoría de la asamblea de la Batería de Artillería le ha dado sua poyo y será capitán hasta el año 2020.

16 oct 2016

Elección de Capitán

El próximo Domingo día 23 de Octubre a las 10:30 h en primera convocatoria y 11:00 h segunda convocatoria  en el local perteneciente a la ASOCIACION CULTURAL ARGOIAK, celebraremos Asamblea Extraordinaria con el orden del DIA:    Elección de Capitán  para  los próximos cuatro años.

La elección la regula nuestro Reglamento de Régimen Interior en los Artículos 6º al 9º que dicen:
Art. 6º
El Capitán de Artillería será nombrado por el General a propuesta de los miembros de la Batería de Artillería y de acuerdo con el Artículo 11 de la Ordenanza*, siendo además condición indispensable ser Titular y llevar participando al menos 10 años en la Batería, computándose a tal efecto, los años que haya salido en calidad de Aspirante.
De los que reúnan las condiciones antes citadas, quedarán excluidos los que no deseen ocupar dicho cargo, procediéndose entre los restantes, a una votación libre y secreta que determine su elección. En caso de empate, se harán tantas votaciones como sean precisas, hasta encontrar el candidato definitivo.
Art. 7º
Para poder optar al cargo de Capitán de la Batería, tendrá que ser indispensable su presencia en el acto de la votación salvo causa de fuerza mayor.
Art. 8º
El máximo número de años que un Artillero puede ocupar el cargo de Capitán será de ocho años. La elección de Capitán se realizará por períodos de cuatro años.
Art. 9º
No será válida la emisión de voto por delegación. 

Así pues, dada la importancia de la cuestión a decidir que nos afectará a todos durante  nada menos que cuatro años, te comunico la celebración de la citada Asamblea, recordándote además que su presencia es obligatoria pero  excusable por causa de fuerza mayor siempre que se comunique con anterioridad a la celebración de la misma.

Sin más y a la espera de verte el día 23, recibe un Saludo del Secretario en funciones

                                      ANGEL HERNANDEZ LLANOS

*).-  Art. 11  segundo párrafo de la ORDENANZA:  PARA ESTOS NOMBRAMIENTOS SE TENDRAN EN CUENTA LAS MISMAS CIRCUSTANCIAS QUE CONCURREN PARA EL GENERAL Y ADEMAS,  LLEVAR AL MENOS LOS ULTIMOS 5 AÑOS DESFILANDO EN LA MISMA COMPAÑÍA O UNIDAD.
NOTA.- Presentación de candidaturas fecha límite  13 de Octubre  2.016 al Secretario